Convenios colectivos
Convenios cuya jornada anual cambia según el año
Hay convenios que fijan una jornada anual distinta para cada año de su vigencia. Aquí están todos los verificados, con la cifra cargada, su año y el texto literal del artículo.
Última comprobación en el boletín oficial: 1 de noviembre de 2026.
En resumen
En 34 de los 111 convenios colectivos verificados, la jornada anual cambia según el año: la cifra cargada es la de un año concreto. De cada uno, esta página recoge la cifra cargada, la nota que dice a qué año corresponde y el extracto literal del artículo; para otro año hay que leer ese artículo en su boletín oficial. Sea cual sea el convenio, la empresa debe garantizar el registro diario de jornada con el horario de inicio y de finalización de cada persona (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores).
Fuente oficial: Estatuto de los Trabajadores, art. 34.9.
Esta página agrupa los convenios colectivos cuyo texto hemos leído en su boletín oficial (BOE, BON, BOPA o BORM). Si buscas un convenio concreto, está en jornada y vacaciones por convenio colectivo, con su página propia.
La lista
Convenios con una jornada distinta cada año
En 34 de los 111 convenios colectivos verificados, la jornada anual cambia según el año: la cifra cargada es la de un año concreto. De cada uno, esta página recoge la cifra cargada, la nota que dice a qué año corresponde y el extracto literal del artículo.
Si consultas otro año, lee el artículo en su boletín oficial desde su enlace. Ordenados de menos a más horas, con los demás convenios, en jornada anual por convenio, de menos a más horas.
Convenio de acción e intervención social1.715 horas
Cifra cargada · Artículo 22 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026 (1.715 h); 1.710 h en 2027, 1.700 h en 2028 y 1.695 h en 2029. Es un techo: la jornada completa de una entidad puede ser inferior. Vacaciones no cargadas: el art. 26 las fija en 23 días laborables.
Extracto literal: «se establece en 1715 horas anuales para 2026, 1710 horas anuales para 2027, 1700 horas anuales para 2028 y 1695 horas anuales para 2029»
Convenio de acuicultura1.752 horas
Cifra cargada · Artículo 14 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Se carga la del último año pactado (2025).
Extracto literal: «1.760 horas para el año 2023, 1.756 para el año 2024 y 1.752 para el año 2025 de trabajo efectivo anual»
BOEVII Convenio colectivo estatal para la acuicultura (2023-2025), Artículo 14 (BOE-A-2024-8949)
Convenio de almacenes de alimentación de Navarra1.730 horas
Cifra cargada · Artículo 21 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Nota: Se carga la cifra de 2025 y 2026; en 2027 son 1.726 horas.
Extracto literal: «se establece una jornada máxima anual para los años 2025 y 2026 de 1.730 horas y de 1726 durante el año 2027»
Convenio de artes gráficas1.760 horas
Cifra cargada · Artículo 8.1.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026 y 2027; 1.752 h desde el 1-1-2028. Las empresas con menos horas lo mantienen (art. 8.1.1 a). Publicado el 23-9-2026.
Extracto literal: «En 2026 y 2027 la jornada anual será de 1.760 horas de trabajo efectivo»
Convenio de atención a la dependencia1.772 horas
Cifra cargada · Artículo 39.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Se carga «resto de ámbitos» (residencias, centros de día...). En ayuda a domicilio son 1.735 h. Antes de 2025: 1.792 h (2023) y 1.784 h (2024).
Extracto literal: «A partir del año 2025: Ayuda a Domicilio: 1.735 horas. Resto de ámbitos: 1.772 horas.»
Convenio de bingo1.776 horas
Cifra cargada · Artículo 39 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026; 1.769 h en 2027 y 1.762 h en 2028 (1.783 h en 2025). Si se acumulan todos los festivos abonables salvo el 1 de mayo, se reduce 8 horas más.
Extracto literal: «Año 2026: 1.776 horas»
Convenio de centros veterinarios1.780 horas
Cifra cargada · Artículo 38.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026; 1.770 h desde el 1-1-2027 y 1.760 h desde el 1-1-2028, en turno partido o continuo. Publicado el 21-9-2026.
Extracto literal: «será de 1.780 de horas en cómputo anual en el año 2026»
BOEIII Convenio colectivo de centros y servicios veterinarios, Artículo 38.1 (BOE-A-2026-19605)
Convenio de ciclo integral del agua1.712 horas
Cifra cargada · Artículo 45.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026; 1.744 h en 2024 y 2025 y 1.700 h desde el 1-1-2027.
Extracto literal: «para este año 2026 la jornada anual de trabajo efectivo será de 1712 horas»
BOEVII Convenio colectivo estatal del ciclo integral del agua, Artículo 45.1 (BOE-A-2025-19029)
Convenio de comercio de ópticas de Navarra1.726 horas
Cifra cargada · Artículo 10.1 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Nota: Cifra de 2026 (1.738 h en 2024 y 1.732 h en 2025). Máximo de cuarenta horas semanales de promedio en cómputo anual.
Extracto literal: «sin que pueda exceder de 1.738 horas anuales de trabajo efectivo durante el año 2024 y de 1732 en el año 2025. En el año 2026 la jornada de trabajo será de 1726 horas»
Convenio de conservas vegetales1.772 horas
Cifra cargada · Anexo I (Jornada de trabajo), párrafo 1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Jornada de trabajo efectivo, continuada o partida (1.776 h en 2022, 2023 y 2024). El art. 26 remite al anexo.
Extracto literal: «A partir del 1 de enero del año 2025 será de 1.772 horas»
Convenio de establecimientos financieros de crédito1.710 horas
Cifra cargada · Artículo 26.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra del año 2026. Las vacaciones (26 días laborables, art. 29) no se cargan: no son días naturales.
Extracto literal: «el total máximo de horas ordinarias de trabajo para el año 2026 será de 1.710 horas en cómputo anual de jornada»
Convenio de ferralla1.728 horas
Cifra cargada · Artículo 28.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2025 y 2026; 1.720 h desde 2027.
Extracto literal: «La jornada máxima anual de trabajo será la siguiente: Año 2025 y 2026 1.728 horas. Año 2027 y siguientes 1.720 horas.»
BOEVIII Convenio colectivo de industrias de ferralla, Artículo 28.1 (BOE-A-2026-3872)
Convenio de grandes cadenas de textil y calzado1.770 horas
Cifra cargada · Artículo 19.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026 (1.770 h); baja a 1.760 h en 2027 y a 1.740 h en 2028 (tabla del propio artículo). Se respetan las jornadas vigentes inferiores (art. 19.2).
Extracto literal: «1. La jornada máxima anual durante la vigencia del convenio colectivo será la siguiente: 2026 2027 2028 1.770 horas 1.760 horas 1.740 horas»
Convenio de harinas panificables y sémolas1.760 horas
Cifra cargada · Artículo 30 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: 1.768 h en 2024. Las vacaciones del art. 34 son 23 días laborables: no se cargan.
Extracto literal: «mil setecientas sesenta (1.760) horas anuales a partir del año 2025»
Convenio de industria del calzado1.776 horas
Cifra cargada · Artículo 23 · comprobado el 28 de octubre de 2026
Nota: Es la cifra de 2026. El mismo artículo la baja 4 h cada año: 1.772 h en 2027, 1.768 h en 2028 y 1.764 h en 2029. Al entrar 2027 hay que actualizarla.
Extracto literal: «La jornada anual de 1.776 horas de trabajo efectivo para 2026»
BOEConvenio colectivo de la industria del calzado (2026-2029), Artículo 23 (BOE-A-2026-22595)
Convenio de industria química1.744 horas
Cifra cargada · Artículo 42.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Se carga la cifra de 2026 (1.744 h), el último año del convenio; en 2024 y 2025 eran 1.752 h. Se respetan las jornadas anuales más beneficiosas que ya existan en la empresa.
Extracto literal: «de 1.752 horas de trabajo efectivo en los años 2024 y 2025 y de 1.744 horas de trabajo efectivo desde el 1 de enero de 2026»
BOEXXI Convenio colectivo general de la industria química, Artículo 42.1 (BOE-A-2025-3083)
Convenio de industrias cárnicas1.748 horas
Cifra cargada · Anexo 2 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra aplicable desde 2025 (1.748 h); 1.760 h en 2024. El art. 40 remite la jornada a este anexo.
Extracto literal: «será para el año 2024 de 1760 horas y a partir del 1 de enero de 2025 y siguientes de 1748 horas»
BOEConvenio colectivo estatal de industrias cárnicas, Anexo 2 (BOE-A-2025-13965)
Convenio de industrias del arroz1.768 horas
Cifra cargada · Artículo 31.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Se carga la de 2026; 1.760 h en 2027. Las vacaciones del art. 32 son 22 días laborables: no se cargan.
Extracto literal: «de 1772 horas para 2025, 1768 horas para 2026, 1760 horas para 2027 y 1752 horas para 2028»
Convenio de industrias lácteas1.762 horas
Cifra cargada · Artículo 16 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026; 1.770 h en 2025, 1.754 h en 2027 y 1.746 h en 2028.
Extracto literal: «para el año 2026 de 1.762 horas»
BOEConvenio colectivo estatal de industrias lácteas y sus derivados, Artículo 16 (BOE-A-2026-6394)
Convenio de instalaciones acuáticas1.770 horas
Cifra cargada · Artículo 35 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: 1.778 h en 2025 y 1.770 h en 2027.
Extracto literal: «Año 2026: mil setecientas setenta (1.770) horas de trabajo efectivo»
Convenio de mataderos de aves y conejos1.776 horas
Cifra cargada · Artículo 14 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: 1.780 h de 2019 a 2022 y 1.778 h en 2023. Vacaciones (26 días laborables, art. 19) no se cargan: no son días naturales.
Extracto literal: «a partir del 1 de enero de 2024: 1.776 horas anuales de trabajo efectivo»
BOEConvenio colectivo del sector de mataderos de aves y conejos, Artículo 14 (BOE-A-2022-476)
Convenio de ocio educativo de Navarra1.704 horas
Cifra cargada · Artículo 10 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Nota: Escala del propio artículo: 1.725 h desde 2023, 1.720 h desde 2024, 1.715 h desde 2025 y 1.704 h desde 2026, de tiempo máximo de trabajo efectivo en jornadas semanales de 38 h 30 min.
Extracto literal: «A partir del uno de enero de 2026: 1.704 horas.»
Convenio de organizadoras de eventos1.713 horas
Cifra cargada · Artículo 16 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: 1.735 h en 2025 y 1.690 h en 2027. Las vacaciones del art. 20 son 23 días laborables: no se cargan.
Extracto literal: «Año 2026: Jornada promedio semanal: 38 horas/1.713 horas anuales»
Convenio de panaderías de Navarra1.722 horas
Cifra cargada · Artículo 14 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Nota: Cifra de 2026 en jornada continuada (1.730 h en 2023 y 2024, 1.726 h en 2025, 1.714 h en 2027); la jornada partida tiene las mismas cifras y la de turnos continuos y rotativos es la de la jornada continuada. No se carga cifra de vacaciones: el art. 18 solo garantiza un mínimo de veintiún días entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, y la duración total no figura allí.
Extracto literal: «durante el año 2026 la jornada anual será de 1.722 horas»
Convenio de pastas, papel y cartón1.744 horas
Cifra cargada · Artículo 9.1 · comprobado el 27 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026; 1.736 h desde el 1-1-2027.
Extracto literal: «será de 1.744 horas en 2026 y, a partir del 1 de enero de 2027, de 1.736 horas»
Convenio de productos del mar1.752 horas
Cifra cargada · Artículo 18.1 a) · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Vale para 2025 y 2026; 1.748 h desde el 1-1-2027 y 1.744 h desde el 1-1-2028.
Extracto literal: «La jornada máxima efectiva de trabajo a partir del 1 de enero de 2025 será 1.752 horas en cómputo anual»
Convenio de restauración moderna1.792 horas
Cifra cargada · Artículo 12 a. · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: 1.800 h hasta 2024. Se mantienen las jornadas inferiores a título individual.
Extracto literal: «A partir del 1 enero del 2025 la jornada máxima anual de trabajo efectivo será de 1792 horas»
Convenio de salas de fiesta y discotecas1.620 horas
Cifra cargada · Artículo 9.3 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Personal técnico y de sala y administrativo (art. 9.3 y 9.4); los artistas se rigen por sesiones y ensayos. 1.687 h en 2024.
Extracto literal: «desde el año 2025 la jornada laboral máxima anual será de 1.620 horas»
Convenio de sector agropecuario de Navarra1.750 horas
Cifra cargada · Artículo 13 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Nota: Se carga la cifra de 2025, la última que fija el texto.
Extracto literal: «La jornada laboral será de 1.754 horas en el año 2023, 1.752 horas en 2024, 1.750 horas en 2025 en cómputo anual»
Convenio de servicios auxiliares de información1.782 horas
Cifra cargada · Artículo 27.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026 (1.804 h hasta 2024 y 1.793 h en 2025).
Extracto literal: «desde el 1 de enero de 2026 la jornada será de 1.782 horas/año en cómputo anual»
Convenio de servicios de campo y reposición1.812 horas
Cifra cargada · Artículo 32 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026; baja a 1.798 h en 2027, 1.784 h en 2028 y 1.770 h en 2029 (actualizar cada enero). Leído de nuevo en el sexto lote: el quinto lote lo había descartado por error.
Extracto literal: «La jornada máxima anual durante los años de vigencia del convenio será la siguiente. 2026 2027 2028 2029 Jornada máxima. 1.812 h 1.798 h 1.784 h 1.770 h»
Convenio de servicios de prevención ajenos1.705 horas
Cifra cargada · Artículo 15.1 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Antes: 1.710 h hasta el 31-12-2022. Se mantienen las jornadas inferiores que a 31-12-2018 vinieran fijadas por convenio o acuerdo de empresa (art. 15.2). La disposición adicional quinta solo prevé alcanzar 1.700 h en un IV Convenio futuro: no está en vigor.
Extracto literal: «de 1.705 horas a partir del 1 de enero de 2023»
Convenio de servicios ferroviarios auxiliares1.744 horas
Cifra cargada · Artículo 31 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: 1.736 h en 2029 y 1.728 h en 2030.
Extracto literal: «La jornada es de 1.744 horas anuales»
Convenio de vidrio, cerámica y extractivas1.747 horas
Cifra cargada · Artículo 26 · comprobado el 11 de octubre de 2026
Nota: Cifra de 2026 (1.747 h); 1.744 h en 2027 (tabla del propio artículo). Se respetan las jornadas anuales inferiores «ad personam».
Extracto literal: «La jornada laboral será de 40 horas semanales de trabajo efectivo con equivalencia en cómputo anual a una jornada máxima de: Año Jornada 2025 1747 2026 1747 2027 1744»
El registro de jornada
Lo que no cambia con ningún convenio
El convenio fija cuántas horas se trabajan; el registro diario lo exige el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, sea cual sea el convenio. Dice, literalmente:
Texto literal del BOE
9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.
Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.
La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Estamos terminando la aplicación.
Déjanos tu correo y entrarás antes que el resto, con los catorce días de prueba desde el primer día. Preferimos decirte que aún no está a venderte una prueba que hoy no podríamos darte.