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El Registro de Jornada .com

Convenios colectivos

Convenios cuya jornada anual cambia según el año

Hay convenios que fijan una jornada anual distinta para cada año de su vigencia. Aquí están todos los verificados, con la cifra cargada, su año y el texto literal del artículo.

Última comprobación en el boletín oficial: 1 de noviembre de 2026.

En resumen

En 34 de los 111 convenios colectivos verificados, la jornada anual cambia según el año: la cifra cargada es la de un año concreto. De cada uno, esta página recoge la cifra cargada, la nota que dice a qué año corresponde y el extracto literal del artículo; para otro año hay que leer ese artículo en su boletín oficial. Sea cual sea el convenio, la empresa debe garantizar el registro diario de jornada con el horario de inicio y de finalización de cada persona (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores).

Fuente oficial: Estatuto de los Trabajadores, art. 34.9.

Esta página agrupa los convenios colectivos cuyo texto hemos leído en su boletín oficial (BOE, BON, BOPA o BORM). Si buscas un convenio concreto, está en jornada y vacaciones por convenio colectivo, con su página propia.

La lista

Convenios con una jornada distinta cada año

En 34 de los 111 convenios colectivos verificados, la jornada anual cambia según el año: la cifra cargada es la de un año concreto. De cada uno, esta página recoge la cifra cargada, la nota que dice a qué año corresponde y el extracto literal del artículo.

Si consultas otro año, lee el artículo en su boletín oficial desde su enlace. Ordenados de menos a más horas, con los demás convenios, en jornada anual por convenio, de menos a más horas.

El registro de jornada

Lo que no cambia con ningún convenio

El convenio fija cuántas horas se trabajan; el registro diario lo exige el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, sea cual sea el convenio. Dice, literalmente:

Texto literal del BOE

9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.

Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.

La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

BOEEstatuto de los Trabajadores, art. 34.9

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