Convenio colectivo autonómico
Jornada anual y vacaciones del convenio de almacenes de alimentación de Navarra
Las cifras del Convenio colectivo del sector de comercio de alimentación (almacenes) de Navarra (2025-2027), copiadas del texto publicado en el BON con su artículo, y lo que significan para el registro de jornada.
Comprobado en el BON el 1 de noviembre de 2026.
En resumen
La cifra de jornada anual cargada del Convenio colectivo del sector de comercio de alimentación (almacenes) de Navarra (2025-2027) es de 1.730 horas (Artículo 21) y cambia según el año. Las vacaciones son de 31 días naturales (Artículo 23). Su vigencia pactada va del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027. Sea cual sea el convenio, la empresa debe garantizar el registro diario de jornada con el horario de inicio y de finalización de cada persona (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores).
Fuente oficial: Estatuto de los Trabajadores, art. 34.9; Convenio colectivo del sector de comercio de alimentación (almacenes) de Navarra (2025-2027) (BON núm. 106 de 2-6-2026).
Las cifras
Qué fija este convenio, con su artículo
Jornada anual1.730 horas
Artículo 21 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Extracto literal: «se establece una jornada máxima anual para los años 2025 y 2026 de 1.730 horas y de 1726 durante el año 2027»
Nota: Se carga la cifra de 2025 y 2026; en 2027 son 1.726 horas.
Esta cifra depende del año. La nota dice a qué año corresponde la cifra cargada y, si el texto las da, las de otros años. Se comprobó el 1 de noviembre de 2026: si consultas otro año, mira el Artículo 21 en el BON. Están todos en convenios cuya jornada anual cambia según el año.
Vacaciones31 días naturales
Artículo 23 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Extracto literal: «se fija en 31 días naturales»
Jornada diaria máxima9 horas
Artículo 21 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Extracto literal: «sin que pueda superarse la jornada de 9 horas diarias ni 45 semanales»
Lo que el convenio no fija aquí no se inventa: para eso rigen los mínimos y máximos del Estatuto, que explicamos en jornada máxima y descansos y en vacaciones anuales.
Vigencia
Hasta cuándo rige, según su texto
Vigencia pactada: del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027. Está dentro de su vigencia pactada, que termina el 31 de diciembre de 2027.
Nota de vigencia: Artículo 2: del 1-1-2025 al 31-12-2027, denunciado a la finalización de su vigencia. BON de 2-6-2026.
Ámbito: Comunidad Foral de Navarra: almacenistas de alimentación.
Texto oficial: Convenio colectivo del sector de comercio de alimentación (almacenes) de Navarra (2025-2027). BON núm. 106 de 2-6-2026, Resolución 83C/2026, de 14 de abril, del director general de Economía Social y Trabajo.
Las cifras se comprobaron en la fecha que lleva cada una. Antes de aplicarlas, mira en el BON si después se ha publicado un convenio nuevo, una modificación o una corrección de errores.
El registro de jornada
Lo que no cambia con ningún convenio
El convenio fija cuántas horas se trabajan; el registro diario lo exige el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, sea cual sea el convenio. Dice, literalmente:
Texto literal del BOE
9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.
Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.
La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
BOEEstatuto de los Trabajadores, art. 34.9
El segundo párrafo deja a la negociación colectiva o al acuerdo de empresa cómo se organiza y se documenta el registro; la obligación de garantizarlo es de la empresa. Qué hay que anotar y qué obliga hoy, en qué te obliga hoy; cómo encaja el convenio con la ley, en qué puede cambiar tu convenio y qué no.
En la aplicación
Qué hace la app con este convenio
- La administración puede elegirlo en «Más», «Convenio aplicable (verificados)», y ver cada valor con su artículo, el extracto literal, la fecha de comprobación y el enlace al BON, como en esta página.
- Elegirlo no cambia ningún cálculo. Debajo sale una propuesta de ajustes: jornada anual, vacaciones, jornada diaria máxima, cada uno comparado con lo que tiene hoy tu empresa.
- Nada se aplica solo: hay que marcar los campos y confirmar. La app no guarda un resultado que baje de los mínimos que vigila (por ejemplo, el descanso entre jornadas o las vacaciones) y anota quién aceptó qué campos y cuándo.
- Lo que el convenio no fija sigue como esté en tu empresa.
Si lo que buscas es cómo llevar el registro en el día a día del sector (turnos, jornada partida, desplazamientos), está en control horario en comercio. Esta página solo recoge las cifras de este convenio concreto.
Estamos terminando la aplicación.
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