Convenio colectivo autonómico
Jornada anual y vacaciones del convenio de hostelería de Murcia
Las cifras del Convenio colectivo de hostelería de la Región de Murcia (2023-2025), copiadas del texto publicado en el BORM con su artículo, y lo que significan para el registro de jornada.
Comprobado en el BORM el 1 de noviembre de 2026.
En resumen
La jornada anual que figura en el Convenio colectivo de hostelería de la Región de Murcia (2023-2025) es de 1.822 horas (Artículo 25). Las vacaciones son de 31 días naturales (Artículo 29). Su vigencia pactada va del 1 de marzo de 2023 al 31 de diciembre de 2025. Sea cual sea el convenio, la empresa debe garantizar el registro diario de jornada con el horario de inicio y de finalización de cada persona (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores).
Fuente oficial: Estatuto de los Trabajadores, art. 34.9; Convenio colectivo de hostelería de la Región de Murcia (2023-2025) (BORM núm. 157 de 10-7-2023).
Las cifras
Qué fija este convenio, con su artículo
Jornada anual1.822 horas
Artículo 25 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Extracto literal: «una jornada laboral de 40 horas semanales de trabajo efectivo, equivalentes en el cómputo anual, a una jornada máxima de 1.822 horas»
Nota: Trabajo efectivo.
Vacaciones31 días naturales
Artículo 29 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Extracto literal: «Se establece un periodo anual retribuido de 31 días naturales de vacaciones»
Nota: Empiezan en día laborable y se disfrutan ininterrumpidamente; en lo demás rige el art. 38 del Estatuto.
Lo que el convenio no fija aquí no se inventa: para eso rigen los mínimos y máximos del Estatuto, que explicamos en jornada máxima y descansos y en vacaciones anuales.
Vigencia
Hasta cuándo rige, según su texto
Vigencia pactada: del 1 de marzo de 2023 al 31 de diciembre de 2025. Su vigencia pactada terminó el 31 de diciembre de 2025. Si sigue aplicándose (por prórroga o por ultraactividad) o lo ha sustituido otro, hay que comprobarlo: lee la nota de vigencia y busca en el BORM un texto posterior.
Nota de vigencia: Artículo 3: efectos desde el 1-3-2023 hasta el 31-12-2025; salvo denuncia expresa y válida, se prorroga automáticamente por períodos anuales. No se ha localizado un convenio sucesor; el BORM publicó después tablas salariales de 2024 que no se leyeron para estas cifras.
Qué significa que la vigencia pactada haya terminado y dónde comprobar si se sigue aplicando, en convenios con la vigencia pactada terminada.
Ámbito: Región de Murcia: empresas y personal del sector de hostelería, sea cual sea el domicilio social de la empresa (art. 1).
Texto oficial: Convenio colectivo de hostelería de la Región de Murcia (2023-2025). BORM núm. 157 de 10-7-2023, anuncio 4258, Resolución de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social de 5 de julio de 2023. Código de convenio: 30000805011981.
BORMConvenio colectivo de hostelería de la Región de Murcia (2023-2025) (BORM núm. 157 de 10-7-2023)
Las cifras se comprobaron en la fecha que lleva cada una. Antes de aplicarlas, mira en el BORM si después se ha publicado un convenio nuevo, una modificación o una corrección de errores.
El registro de jornada
Lo que no cambia con ningún convenio
El convenio fija cuántas horas se trabajan; el registro diario lo exige el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, sea cual sea el convenio. Dice, literalmente:
Texto literal del BOE
9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.
Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.
La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
BOEEstatuto de los Trabajadores, art. 34.9
El segundo párrafo deja a la negociación colectiva o al acuerdo de empresa cómo se organiza y se documenta el registro; la obligación de garantizarlo es de la empresa. Qué hay que anotar y qué obliga hoy, en qué te obliga hoy; cómo encaja el convenio con la ley, en qué puede cambiar tu convenio y qué no.
En la aplicación
Qué hace la app con este convenio
- La administración puede elegirlo en «Más», «Convenio aplicable (verificados)», y ver cada valor con su artículo, el extracto literal, la fecha de comprobación y el enlace al BORM, como en esta página.
- Elegirlo no cambia ningún cálculo. Debajo sale una propuesta de ajustes: jornada anual, vacaciones, cada uno comparado con lo que tiene hoy tu empresa.
- Nada se aplica solo: hay que marcar los campos y confirmar. La app no guarda un resultado que baje de los mínimos que vigila (por ejemplo, el descanso entre jornadas o las vacaciones) y anota quién aceptó qué campos y cuándo.
- Lo que el convenio no fija sigue como esté en tu empresa. Como su vigencia pactada ya terminó, la propuesta lo avisa y pide comprobar en el boletín si sigue aplicándose.
Si lo que buscas es cómo llevar el registro en el día a día de tu tipo de negocio, está en control horario por sector. Esta página solo recoge las cifras de este convenio concreto.
Estamos terminando la aplicación.
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