Convenio colectivo autonómico
Jornada anual y vacaciones del convenio de hostelería de Asturias
Las cifras del Convenio colectivo del sector de hostelería y similares del Principado de Asturias (2023-2027), copiadas del texto publicado en el BOPA con su artículo, y lo que significan para el registro de jornada.
Comprobado en el BOPA el 1 de noviembre de 2026.
En resumen
La jornada anual que figura en el Convenio colectivo del sector de hostelería y similares del Principado de Asturias (2023-2027) es de 1.782 horas (Artículo 20). Las vacaciones son de 30 días naturales (Artículo 24.1). Su vigencia pactada va del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2027. Sea cual sea el convenio, la empresa debe garantizar el registro diario de jornada con el horario de inicio y de finalización de cada persona (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores).
Fuente oficial: Estatuto de los Trabajadores, art. 34.9; Convenio colectivo del sector de hostelería y similares del Principado de Asturias (2023-2027) (BOPA núm. 55 de 21-3-2023).
Las cifras
Qué fija este convenio, con su artículo
Jornada anual1.782 horas
Artículo 20 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Extracto literal: «La duración de la jornada ordinaria de trabajo será de 40 horas semanales de trabajo efectivo y 1.782 horas anuales»
Nota: Es el texto de 2023; el BOPA ha publicado después tablas salariales y un acuerdo de la comisión paritaria (2025) que no se han leído para este valor.
Vacaciones30 días naturales
Artículo 24.1 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Extracto literal: «tienen derecho a un período de vacaciones anuales de 30 días naturales»
Descanso mínimo entre jornadas12 horas
Artículo 20 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Extracto literal: «entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán como mínimo 12 horas»
Jornada diaria máxima8 horas
Artículo 20 · comprobado el 1 de noviembre de 2026
Extracto literal: «En ningún caso se podrán realizar más de 8 horas ordinarias de trabajo efectivo»
Lo que el convenio no fija aquí no se inventa: para eso rigen los mínimos y máximos del Estatuto, que explicamos en jornada máxima y descansos y en vacaciones anuales.
Vigencia
Hasta cuándo rige, según su texto
Vigencia pactada: del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2027. Está dentro de su vigencia pactada, que termina el 31 de diciembre de 2027.
Nota de vigencia: Artículo 5: cinco años desde el 1-1-2023, hasta el 31-12-2027; el art. 6 lo prorroga por años si no se denuncia y, denunciado, lo mantiene íntegro hasta firmar otro. BOPA núm. 55 de 21-3-2023.
Ámbito: Principado de Asturias: empresas y establecimientos de hostelería y similares.
Texto oficial: Convenio colectivo del sector de hostelería y similares del Principado de Asturias (2023-2027). BOPA núm. 55 de 21-3-2023, Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Cód. 2023-02029).
Las cifras se comprobaron en la fecha que lleva cada una. Antes de aplicarlas, mira en el BOPA si después se ha publicado un convenio nuevo, una modificación o una corrección de errores.
El registro de jornada
Lo que no cambia con ningún convenio
El convenio fija cuántas horas se trabajan; el registro diario lo exige el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, sea cual sea el convenio. Dice, literalmente:
Texto literal del BOE
9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.
Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.
La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
BOEEstatuto de los Trabajadores, art. 34.9
El segundo párrafo deja a la negociación colectiva o al acuerdo de empresa cómo se organiza y se documenta el registro; la obligación de garantizarlo es de la empresa. Qué hay que anotar y qué obliga hoy, en qué te obliga hoy; cómo encaja el convenio con la ley, en qué puede cambiar tu convenio y qué no.
En la aplicación
Qué hace la app con este convenio
- La administración puede elegirlo en «Más», «Convenio aplicable (verificados)», y ver cada valor con su artículo, el extracto literal, la fecha de comprobación y el enlace al BOPA, como en esta página.
- Elegirlo no cambia ningún cálculo. Debajo sale una propuesta de ajustes: jornada anual, vacaciones, descanso mínimo entre jornadas, jornada diaria máxima, cada uno comparado con lo que tiene hoy tu empresa.
- Nada se aplica solo: hay que marcar los campos y confirmar. La app no guarda un resultado que baje de los mínimos que vigila (por ejemplo, el descanso entre jornadas o las vacaciones) y anota quién aceptó qué campos y cuándo.
- Lo que el convenio no fija sigue como esté en tu empresa.
Si lo que buscas es cómo llevar el registro en el día a día del sector (turnos, jornada partida, desplazamientos), está en control horario en hostelería. Esta página solo recoge las cifras de este convenio concreto.
Estamos terminando la aplicación.
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