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El Registro de Jornada .com

Horas para buscar empleo durante el preaviso: la licencia de seis horas semanales

Te comunican un despido por causas objetivas y empieza el preaviso. Cuántas horas retribuidas hay para buscar trabajo, qué no dice la ley y cómo anotarlas en el registro.

Revisado el

En resumen

Durante el preaviso de quince días de una extinción por causas objetivas, la persona trabajadora tiene derecho, sin pérdida de su retribución, a una licencia de seis horas semanales para buscar nuevo empleo (art. 53.2 del Estatuto). El texto no dice cómo se reparten esas horas dentro de la semana ni qué justificante se pide.

Fuente oficial: Estatuto de los Trabajadores, arts. 34.9 y 53.

Qué dice el artículo 53.2

El artículo 53.1 exige a la empresa, para extinguir el contrato por causas objetivas, una comunicación escrita con la causa, la puesta a disposición de la indemnización y «un plazo de preaviso de quince días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo» (letra c). Y el 53.2 añade:

«Durante el periodo de preaviso el trabajador, o su representante legal si se trata de una persona con discapacidad que lo tuviera, tendrá derecho, sin pérdida de su retribución, a una licencia de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo.»

A quién y cuándo se aplica

  • Cuándo: durante el periodo de preaviso, esto es, los quince días del artículo 53.1.c.
  • Para qué: «con el fin de buscar nuevo empleo». Es el único fin que cita el texto.
  • Con qué retribución: «sin pérdida de su retribución».
  • Qué extinción: el artículo 53 regula la forma y los efectos de la extinción por causas objetivas del artículo 52. Esta página no analiza otras extinciones.

Qué no concreta el texto

Lo que sigue se limita a lo que el artículo dice y a lo que no dice.

  • El artículo 53.2 habla de seis horas semanales, sin decir en qué días ni a qué hora se disfrutan, ni quién las elige. Mira si el convenio dice algo.
  • No dice qué justificante hay que presentar. Conviene acordarlo por escrito con la empresa (es práctica, no una obligación del Estatuto).
  • No dice nada sobre la jornada a tiempo parcial ni sobre un preaviso que no llegue a semanas completas. Si es tu caso, consulta con un asesor laboral.

Si no se concede el preaviso

El último párrafo del artículo 53.4 dice que «la no concesión del preaviso o el error excusable en el cálculo de la indemnización no determinará la improcedencia del despido, sin perjuicio de la obligación del empresario de abonar los salarios correspondientes a dicho periodo o al pago de la indemnización en la cuantía correcta, con independencia de los demás efectos que procedan».

Este preaviso es el de la empresa que extingue por causas objetivas. El que debe dar la persona que dimite es otro y está en preaviso de dimisión.

Cómo queda en el registro de jornada

El artículo 34.9 obliga a la empresa a garantizar «el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora». Las horas de licencia son tiempo en que la persona no trabaja, y el registro tiene que seguir reflejando el horario real de inicio y fin de ese día.

Lo que sigue son buenas prácticas, no obligaciones del Estatuto.

  1. Fichar la salida y la vuelta cuando se usa la licencia, con el motivo «licencia art. 53.2», para que el tiempo fuera no parezca una pausa sin explicar.
  2. Llevar un acumulado semanal de horas de licencia, para no pasar de seis en la semana (el mismo tipo de cuenta que pide un permiso por horas: vacaciones, festivos y permisos).
  3. Dejar por escrito el acuerdo sobre cuándo se disfruta, para evitar discrepancias.

Un ejemplo

Ejemplo inventado. Ana recibe la comunicación de una extinción por causas objetivas el 1 de un mes. El preaviso de quince días llega hasta el 16. Acuerda por escrito con la empresa usar las seis horas de cada semana en dos tardes de tres horas. Su jornada es de 9:00 a 17:00. Esos dos días ficha la salida a las 14:00 y el registro anota «licencia art. 53.2, tres horas» para el tramo de 14:00 a 17:00. La empresa suma tres horas por tarde y comprueba que no pasan de seis en la semana.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas tengo para buscar trabajo durante el preaviso?

Seis horas semanales, sin pérdida de retribución, según el artículo 53.2 del Estatuto de los Trabajadores. Se aplican durante el periodo de preaviso de la extinción por causas objetivas, que es de quince días (art. 53.1.c).

¿Me descuentan esas horas de la nómina?

No. El artículo 53.2 dice que la licencia se disfruta «sin pérdida de su retribución».

¿Puedo juntar las seis horas en un solo día?

El artículo 53.2 habla de «una licencia de seis horas semanales» y no dice cómo se reparten dentro de la semana. Lo que fije el convenio o lo que se acuerde con la empresa es lo que se sigue; conviene dejarlo por escrito.

¿Y si la empresa no me da el preaviso?

El último párrafo del artículo 53.4 dice que la no concesión del preaviso no determina la improcedencia del despido, «sin perjuicio de la obligación del empresario de abonar los salarios correspondientes a dicho periodo». Que además se pierda la licencia de seis horas no lo resuelve el texto: consúltalo con un asesor laboral.

¿Vale también si me despiden por una falta disciplinaria?

La licencia está en el artículo 53, que regula la forma y los efectos de la extinción por causas objetivas del artículo 52. Esta página no analiza otros tipos de extinción.

Fuentes

Esta página explica la norma vigente a fecha de revisión y no es asesoramiento jurídico.